Desenrolado por coroa.es
El pasado miércoles 24 de abril todos los vecinos do Irixo nos levantábamos con una nueva ordenanza publicada en el BOP. Curioso o no debemos comentar varios puntos.
Comienza con unas disposiciones generales en las cuales podemos observar una ley y un decreto que están ya derogados como son:
Ley 9/2002 derogada que la sustituye la ley 2/2016. Curioso que en el equipo de gobierno haya un abogado y se le cuelen cosas como estas.
Y el Decreto 28/1999 derogado que lo substituye el Decreto 143/2016.
Dicho esto tengamos unas pequeñas consideraciones: si no existe Ley especial que tipifique infracciones y sanciones, las ordenanzas de los Entes locales podrán establecer los tipos de infracciones e imponer sanciones por el incumplimiento de los deberes, prohibiciones o limitaciones contenidos en las correspondientes ordenanzas. Pero claro que existen dos leyes autonómicas que si tipifican infracciones y sanciones. Son la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia y la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes. Es curioso que el gobierno municipal do Irixo haga más restrictiva su ordenanza que el propio gobierno autonómico y ni que decir tiene que ni tan siquiera las cuantias económicas coinciden con las de las leyes autonómicas, siendo una ordenanza denominada “chapuza”. Podríamos darle validez siempre y cuando haya sido aprobada en pleno y eso deberá contestárnoslo Manuel Cerdeira el portavoz de la oposición porque creemos que desde el propio equipo de gobierno darán la callada por respuesta.
https://bop.depourense.es/portal/consulta?fecha=20240424 [5]
Provecho esta publicación para hacer otra crítica al equipo de gobierno, teniendo en cuenta que O Irixo es principalmente emigrante y que la mayoría de los Irixenses trabajan o viven fuera de O Irixo, que se plantee una reunión un martes 7 de mayo a las 16:00 para dar información es un poco irrisorio y manera de torearnos y que no llegue la información que quieren darnos porque los que trabajamos es inviable el poder estar a las 4 de la tarde incluidos los trabajadores del propio Concello, ni que decir tiene que mucho menos los autónomos,….
Como recomendación cambien de administrador de redes sociales convocar para el 7 de abril cuando quieren decir el 7 de mayo y las múltiples faltas de ortografía que suelen tener en las publicaciones es un insulto a la inteligencia de todos los vecinos do Irixo.
Con respecto al primer tema os dejo un enlace muy interesante que puede ayudar a aclarar dudas: https://cppm.es/20-4-2018-las-ordenanzas-locales-y-sus-limitaciones-noticias-juridicas-com/ [6]
Ligazóns
[1] https://www.facebook.com/sharer/sharer.php?u=http%3A//copecarballino.es/denunciacidada/una-ordenanza-cuestionable-por-el-concello-do-irixo
[2] https://twitter.com/home?status=http%3A//copecarballino.es/denunciacidada/una-ordenanza-cuestionable-por-el-concello-do-irixo
[3] whatsapp://send?text=Una ordenanza cuestionable por el Concello do Irixo. http://copecarballino.es/denunciacidada/una-ordenanza-cuestionable-por-el-concello-do-irixo
[4] http://copecarballino.es/print/65235
[5] https://bop.depourense.es/portal/consulta?fecha=20240424
[6] https://cppm.es/20-4-2018-las-ordenanzas-locales-y-sus-limitaciones-noticias-juridicas-com/